Notas Importantes
- Aegean no acepta piezas de equipaje de más de 32 kilogramos.
- El número máximo de equipaje facturado por pasajero esta limitado a 5 piezas.
- El exceso de equipaje (hasta un máximo de 5 piezas) se puede comprar hasta dos horas (2) antes de la salida del vuelo.
Concepto de Pieza
Servicios Ofrecidos | Light Doméstico | Light Internacional | Flex Doméstico | Flex Internacional | ComfortFlex Doméstico | ComfortFlex Internacional |
---|---|---|---|---|---|---|
Servicios Ofrecidos 1 artículo personal |
Light Doméstico 1 artículo personalO 1 equipaje de cabina |
Flex Doméstico |
Flex Internacional |
ComfortFlex Doméstico |
ComfortFlex Internacional |
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Servicios Ofrecidos 1 equipaje de cabina max. 8kg (dimensiones *) |
Flex Doméstico |
Flex Internacional |
ComfortFlex Doméstico |
ComfortFlex Internacional |
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Servicios Ofrecidos 1pc. equipaje facturado permitido hasta 23kg** |
Light Doméstico |
Flex Doméstico |
Flex Internacional |
ComfortFlex Doméstico |
ComfortFlex Internacional |
Servicios Ofrecidos | Saver | Family | Business | Business Basic |
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Servicios Ofrecidos 1 artículo personal |
Saver |
Family |
Business |
Business Basic |
Servicios Ofrecidos 1 equipaje de cabina max. 8kg (dimensiones*) |
Saver |
Family |
Business |
Business Basic |
Servicios Ofrecidos 1pc. equipaje facturado permitido hasta 23kg |
Saver |
Family |
Business |
Business Basic |
*Dimensiones
- A320 avión : equipaje de cabina 8kgs 56x45x25cm
- DH8 / ATR avión : equipaje de cabina 8kgs 55x40x23cm
- Para la pieza de equipaje facturado, la suma de las tres dimensiones no debe exceder de 158 cm (L + W + H = máx. 158 cm)
Notas:
- La franquicia de equipaje se aplica por componente de tarifa.
- Los bebés (0-2 años) tienen derecho a un equipaje de mano de hasta 6 kg y un cochecito plegable (que se entregará en espera) en la familia de tarifas Light, Flex y Family Fare. En la familia de tarifas ComfortFlex y clase Business, los bebés tienen derecho a un equipaje de mano de hasta 6 kg más un equipaje facturable (hasta 23 kg y 158 cm en Economy ComfortFlex y hasta 32 kg y 158 cm en clase Business), así como un cochecito plegable.
- Los usuarios Gold de Miles+Bonus y los usuarios Gold de las demás compañías de Star Alliance tienen derecho al transporte gratuito de una pieza de equipaje adicional independientemente de la familia de tarifas con la que viajen (32 kg en clase Business y 23 kg en clase Economy).
- Los usuarios Gold de Miles&Bonus pueden viajar con una pieza de equipaje adicional con respecto a la clase que hayan reservado de forma gratuita cuando viajen con un billete de premio.
Combinabilidad: Para las rutas en las que no existe clase Business (por ejemplo, ATH-JTR) y los pasajeros no tienen la posibilidad de volar en clase preferente en todos los tramos de su viaje, existirán más opciones equivalentes a las tarifas Business (por ejemplo, se aplicarán las condiciones de la clase Business a la categoría Y en los vuelos nacionales). En estos casos, la franquicia de 2 piezas de equipaje aparecerá indicada en el billete.
Para las combinaciones End-on-End, la franquicia de equipaje será siempre la misma puesto que End-on-End está permitido únicamente en las familias de tarifas que ofrecen la misma franquicia de equipaje.
Pasajeros con dos billetes para vuelos de conexión.
Si un pasajero se presenta en el aeropuerto con dos billetes para viajar en un plazo de 24 horas.
Por ejemplo:
Primer billete: ATH-SKG en tarifa Comfort Flex con 1 pieza de equipaje
Segundo billete: SKG-MXP en Light con 0 piezas de equipaje
Se aplicarán las reglas de cada uno de los billetes
Así, si el pasajero dispone de una pieza de equipaje para ambos vuelos, el tramo ATH-SKG no tendrá ningún recargo, pero el tramo SKG-MXP llevará un recargo conforme a la política de exceso de equipaje (puesto que el segundo billete está emitido en una categoría de tarifas que no incluye franquicia de equipaje).
Este mismo procedimiento será aplicable en caso de billetes con distintos operadores para volar en un plazo de 24 horas.
Exceso de Equipaje
Aviso:
- En el caso de que el prepago por peso adicional o por piezas de equipaje adicionales se realice en nuestro centro de atención telefónica, se deberá abonar un recargo adicional de 8 euros por pasajero.
- El peso máximo permitido de cada pieza de equipaje facturado es 32 kilogramos. Las piezas de equipaje que superen el límite de 32 kg deberán ser transportadas como carga.
Vuelos | Equipaje Facturado | Prepago | Pago en el Aeropuerto | Pago en la Puerta de Embarque |
---|---|---|---|---|
Vuelos Vuelos directos |
Equipaje Facturado Up to 23 kgOver 23 and Up to 32 kg |
Prepago 10€ - 30€Additional 10€ - 40€ |
Pago en el Aeropuerto 20€ - 37€Additional 25€ - 50€ |
Pago en la Puerta de Embarque 40€Additional 40€ |
Vuelos Vuelos de conexiόn |
Equipaje Facturado Up to 23 kgOver 23 and Up to 32 kg |
Prepago 20€ - 50€Additional 20€ - 65€ |
Pago en el Aeropuerto 30€ - 60€Additional 30€ - 65€ |
Pago en la Puerta de Embarque 50€ - 60€Additional 50€ - 70€ |
Cargos dependiendo del destino y la fecha de los vuelos. La tarifa real se mostrará en el momento de la reserva.
* Coste adicional por sobrepeso/exceso de equipaje, dependiendo de la franquicia de equipaje permitida en cada Familia de Tarifas.
RECARGOS CON PREPAGO *** HASTA 2 HORAS ANTES DE LA SALIDA PROGRAMADA ***
Notas importantes:
- Los recargos se refieren a cada pieza independientemente del número total de piezas compradas.
- Los casos de interlíneas se regirán por la RESOLUCIÓN 302
- En las rutas de excepción no se aplica el pago por equipaje en el EMBARQUE
De manera excepcional, en los vuelos con código compartido entre A3 y SQ/EY, el MSC será la compañía operadora. - En las familias de tarifas GoLight, en las que no existe franquicia de equipaje, el pasajero deberá pagar a partir de la 1a pieza.
Aviso importante:
- En el caso de los billetes End-on-End o con vuelos de conexión (dentro de 24 horas, en donde el pasajero recogerá su equipaje en el destino final), para establecer si el viaje es de larga/corta distancia o una excepción y aplicar el recargo adecuado, se aplicará el recargo más restringido (que es el trayecto más largo).
Exceso De Equipaje Y Cargos Por Sobrepeso Para Billetes Interlíne en Itinerarios De Largo Recorrido
Concepto De Piezas: Recargo Por Exceso De Equipaje - Intercontinental
A. Para los billetes interlíneas con A3/OA y otras líneas aéreas para cualquier Intercontinental fuera de Europa y dentro de la misma región en la que A3/OA es el operador más importante (MSC)
- máx 23kg/ máx 158cm: 1ª pieza gratuita
- Más de 23-32kg máx 158cm (sobrepeso): 100EUR/150USD
2ª pieza y siguientes: - máx 23kg/ máx 158cm: 150EUR/200USD
- Más de 23-32kg máx 158cm (sobrepeso): 250EUR/350USD
Business y Primera Clase :
- máx 32kg/máx 158cm: 2 piezas gratuitas
3ª pieza y siguientes: 150EUR/200USD
B. Recargos especiales para exceso de equipaje para viajes hacia/desde EE.UU./Canadá/México/América Central * y Japón (solamente para Economy) **
- 90EUR/100USD
Notas
Para clase Business, consultar "A"
* América Central = Belice, Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua, Panamá
** Recargos especiales= Solamente para Economy y solamente para pieza adicional
- 1er ejemplo:
Escenario a:
ATH-CAI con A3
CAI-JNB con MS
Franquicia de equipaje según billete: 1PC
El pasajero tiene dos piezas de equipaje
La primera (según el billete) es gratuita.
Para la segunda pieza deberán aplicarse los recargos por exceso de equipaje (150€ / 200USD)
Escenario b:
El pasajero viaja en Economy y tiene dos piezas de equipaje. Ambas superan el peso permitido (25 kg cada una)
Para la primera pieza: El recargo de sobrepeso 100€/150USD
Para la segunda pieza: El recargo de exceso de equipaje para "más de 23-32kg"): 250€/350USD
Recargo total: 350€ / 400USD
- 2o ejemplo:
SKG-ATH con A3 / ATH-FRA con LH / FRA-EWR con LH / EWR-MUC con LH / MUC-ATH con LH
El pasajero viaja en clase Economy con tres piezas de equipaje (22 kg cada una)
Según el Ministerio de Transportes de EE.UU., los recargos por exceso de equipaje serán conformes a la política de A3 (primer operador de marketing) en ambos trayectos.
La primera pieza según la tabla "B" es gratuita.
A3 debería emitir un EBT para SKG-ATH-FRA-EWR con 150€/200USD (75€ por cada pieza extra según la tabla B)
Para el viaje de vuelta, LH cargará por EWR-MUC-ATH un documento con los mismos recargos mencionados (ya que A3 sigue siendo el MSC)
- 3er ejemplo: ATH-LON con A3 / LON-SIN con SQ
En este ejemplo, SQ es el MSC, así que el agente de la oficina del aeropuerto de emisión de billetes de A3 emitirá un EBT para ATH-LON-SIN según los recargos de SQ para el exceso de equipaje
- 4o ejemplo:
ATH-FRA con LH
FRA-ADD con marketing de A3/ operado por ET
El pasajero tiene dos piezas de equipaje.
La primera está dentro de la franquicia (21 kilogramos)
La segunda es exceso y pesa 29 kg.
En este ejemplo, A3 es el MSC por ser el primer operador de marketing que cambia de subárea
La primera pieza es gratuita.
El agente de LH emitirá un EBT para ATH-FRA-ADD según los recargos de A3 para el exceso por encima de 23 kg 250€/350USD.
- 5o ejemplo:
Itinerario con billetes separados
SKG-ATH con A3
ATH-FRA con LH
FRA-EWR con DL
El pasajero tiene dos billetes: Uno SKG-ATH con A3 con tarifa Light/Flex (Franquicia 0PC)
y uno ATH-FRA-EWR con LH y DL (Franquicia 1PC)
El agente debe comprobar la franquicia de cada billete
El pasajero tiene tres piezas de equipaje
Para billete SKG-ATH de A3
El agente debe cobrar al pasajero los recargos por exceso de equipaje por las tres piezas (según los recargos de A3)
y emitir EMD-A para FBAG
Para ATH-FRA-EWR
El agente realizará la facturación del pasajero y del equipaje (hasta EWR), facturará conforme al Ministerio de Transportes de EE.UU., que es el operador responsable de los recargos por exceso de equipaje en el segundo billete.
En este escenario es LH.
El agente emitirá un EBT impreso con los recargos de LH.
De otro modo, el agente puede facturar únicamente el billete SKG-ATH y emitir un EMD-A con los recargos de A3 solamente por el primer billete.
En este caso, el pasajero deberá pasar por la oficina de facturación de LH en Atenas para el segundo billete (facturación y recargos por exceso de equipaje)
- 6º ejemplo
Itinerario dentro de Europa
Fecha del viaje 20 de julio
SKG-ATH operado por A3
ATH-FRA operado por A3
FRA-AMS operado por LH
Franquicia de equipaje según billete: 1PC
El pasajero tiene dos piezas de equipaje.
Según la Resolución 302, el MSC en este billete es A3 (primer operador de marketing que cambia de país)
A3 cobrará al pasajero por la pieza adicional para SKG-AMS con los recargos de A3 para FRA (no con los recargos de rutas de excepción puesto que ATH-FRA no es código compartido, sino operado)
El recargo será el correspondiente a vuelos internacionales de corta distancia en temporada alta: 35,00€
Pero si el itinerario es:
SKG-ATH operado por A3
ATH-FRA con marketing de A3/ operado por LH
FRA-AMS operado por LH
Donde de nuevo A3 es el MSC (primer operador de marketing que cambia de país)
A3 cobrará al pasajero por la pieza adicional con los recargos de las rutas de excepción, puesto que ATH-FRA ahora no es operado por A3, sino código compartido (los escenarios de código compartido se incluyen en las rutas de excepción)
El recargo será el correspondiente a rutas de excepción: 70,00€
Recargos por exceso de equipaje de A3 para cualquier otro destino, cuando A3 es el operador más importante (MSC, Most Significant Carrier)
En todos los casos en los que, de conformidad con la Resolución 302 de IATA y el Ministerio de Transportes de los EE.UU., A3 sea el operador más importante, el agente deberá seguir la política de A3 con respecto a la franquicia de equipaje y las tarifas por exceso de equipaje.
El agente deberá seguir la política y las tarifas por exceso de equipaje según el sector del vuelo de A3.
De manera excepcional, en los vuelos con código compartido entre A3 y SQ/EY, el MSC será la compañía operadora.
Por ejemplo:
Vuelo de A3 ATH-FRA en tarifa Comfort Flex
Vuelo de LH FRA-NYC en tarifa Comfort Flex
De conformidad con el Ministerio de Transportes de los EE.UU., en el ejemplo anterior, A3 será el operador más importante.
Por lo tanto, la franquicia de equipaje según la política de A3 será de 1 pieza de hasta 23 kg.
El agente facturará el equipaje hasta el destino final (dado que existe un acuerdo interlíneas entre A3 y la otra compañía).
Si el pasajero viaja con equipaje adicional, el agente solicitará el recargo hasta el destino final (NYC), de conformidad con las tarifas por exceso de equipaje en rutas internacionales de la política de precios existente (ya que el primer tramo es ATH-FRA) con pago en el aeropuerto.
Billetes emitidos con una franquicia de equipaje errónea
Si un pasajero se presenta en la facturación con un billete que ha sido emitido con una franquicia de equipaje conforme al concepto de peso en lugar de el concepto de piezas, el agente deberá realizar la facturación del pasajero según la política de franquicias de A3.
Dado que la franquicia de equipaje de A3 se basa en el concepto de piezas, el agente deberá considerar el concepto de peso del billete como 1 pieza de equipaje.
Tarifas Economy:
- En caso de que el pasajero disponga de más de una pieza de equipaje, el agente de viajes seguirá la política de A3 en cuanto a tarifas por exceso de equipaje
- En caso de que el pasajero disponga de una pieza de equipaje de más de 23 kg de peso, el agente de viajes seguirá la política de A3 en cuanto a tarifas por exceso de equipaje.
Tarifas Business:
- En caso de que el pasajero disponga de más de dos piezas de equipaje, el agente de viajes seguirá la política de A3 en cuanto a tarifas por exceso de equipaje.
Billetes emitidos con la tarifa correcta, pero el agente de viajes ha actualizado la franquicia de equipaje de forma manual
Primera emisión y reemisión.
En caso de que un agente actualice la franquicia de equipaje, no existirá cambio en el registro del precio (FCMI) y el billete/precio seguirá apareciendo de forma automática.
Si un agente advierte que el billete está en Light/Flex, pero la FBA en lugar de 0PC es cualquier otra franquicia (es decir, 1PC, 2PC, 20K, etc.), no deberá proceder con ningún cambio/actualización del billete.
El agente deberá informar al pasajero de que para realizar cualquier cambio, deberá ponerse en contacto con el agente de viajes.
Téngase en cuenta que en estos casos, los agentes de viajes serán advertidos por sus colegas de ventas y recibirán ADM (débitos) del departamento Revenue Accounting.
Billete emitido con A3 y otra compañía aérea con franquicia de equipaje diferente
Cuando un pasajero dispone de un billete con A3 y otra compañía aérea para un trayecto, y la otra compañía aérea tiene una franquicia diferente a la de A3, el agente hará la facturación del pasajero hasta el destino final de conformidad con la Resolución 302 o el Ministerio de Transportes de los EE.UU.
De manera excepcional, en los vuelos con código compartido entre A3 y SQ/EY, el MSC será la compañía operadora.
Si el pasajero solicita la facturación de su equipaje solamente hasta el punto de conexión
o si el pasajero realiza una parada intermedia, el agente realizará la facturación únicamente para el vuelo de A3 conforme a la política de equipaje de A3.
Si la otra compañía aérea es el operador más importante (MSC) y prevé una tolerancia en el aeropuerto, A3 no aceptará el exceso de equipaje gratuito y hará la facturación del pasajero y de su equipaje conforme a la franquicia del billete.
Por ejemplo:
Billete:
SKG-MXP con A3 (FBA: 1PC)
MXP-EWR con LH (FBA: 2PC)
A3 es el operador más importante según el Ministerio de Transportes de los EE.UU. y realizará la facturación del pasajero y del equipaje conforme a la política de A3, es decir, 1PC hasta el destino final.
SKG-LCA con A3 (FBA: 1PC) 20JUN
LCA-LIS con TP (FBA: 0PC) 22JUN
Como el pasajero tiene una parada en LCA, A3 hará la facturación hasta LCA con la franquicia de 1PC
Y la otra compañía (TP) hará la facturación de nuevo en LCA con su franquicia (en este caso TP con 0PC)
SKG-ATH con A3 (FBA:1PC)
ATH-DOH-MEL con QR (FBA 23 kg)
QR acepta hasta 30 kg de forma gratuita (tolerancia del aeropuerto 7 kg)
El operador más importante es QR según la Res. 302
A3 facturará el pasajero y el equipaje con la franquicia del billete, que en este caso es de 23 kg.
Si el pasajero viaja con exceso de equipaje (por ejemplo, 28 kg en total), A3 cobrará al pasajero por el exceso de equipaje (5 kg) conforme a la política de QR/recargos por exceso de equipaje.
En ningún caso aceptará A3 la tolerancia del aeropuerto de 7 kg, puesto que no es su política.
Notas Importantes:
- La nueva política se refiere exclusivamente a los vuelos operados por Aegean Airlines. Para los itinerarios que incluyen otras compañías o en vuelos operados en cooperación con otras compañías, los recargos pueden ser diferentes. Para más información, póngase en contacto con el operador de validación
- Todos los servicios de exceso de equipaje (FBAG, FBAC, FBGS, FBGC) efectivos para la venta a partir del 6 de marzo de 2013, inclusive, serán no reembolsables.
Excepciones
Los recargos por exceso de equipaje serán reembolsables en su totalidad en los siguientes casos:
- todos los casos involuntarios.
- pérdida de equipaje.
- exceso de equipaje emitido antes del 5 de marzo de 2013, inclusive.
- No es posible la compra de equipaje adicional a través de la página web de Aegean Airlines cuando los pasajeros sean bebés. La compra de equipaje adicional se puede realizar únicamente a través del centro de atención telefónica de la compañía o en las oficinas de emisión de billetes del aeropuerto (consulte las tarifas anteriores).
- El número máximo de equipaje que un cliente puede presentar para su facturación en el aeropuerto está limitado a 5 piezas.
- El prepago de equipaje está restringido y no puede ser ofrecido durante las dos (2) horas previas a la salida del vuelo.
Equipaje Especial
Transporte de Instrumentos Musicales
Aegean Airlines ofrece a sus pasajeros la posibilidad de viajar con sus instrumentos musicales, que deben ser transportados en un estuche rígido seguro. El instrumento puede ser facturado para ser transportado en bodega o a bordo del avión con el pasajero. Además, si el pasajero factura el instrumento, se le pedirá que firme un formulario de exención de responsabilidad en el que aceptará que el instrumento sea transportado bajo su total responsabilidad.
Si desea llevar el instrumento musical en la cabina de pasajeros, será considerado equipaje de mano y sus dimensiones no podrán sobrepasar los 56 cm de alto x 45 cm de largo x 25 cm de ancho y su peso no podrá ser superior a 8 kg.
Si el instrumento supera estos límites, se deberá reservar un asiento adicional en la misma base de tarifa/familia de tarifas que el pasajero.
Las dimensiones deben ser:
Dimensiones máximas en los aviones de la familia A320:
- 150 cm alto x 22 cm largo x 42 cm ancho (desde el suelo de la cabina)
- 110 cm alto x 60 cm largo x 42 cm ancho (desde el asiento)
Dimensiones máximas para DASH8-100 y DASH8-400:
- 135 cm alto x 40 cm largo x 28 cm ancho (desde el suelo de la cabina)
- 90 cm alto x 40 cm largo x 50 cm ancho (desde el asiento)
Para más información, consulte el capítulo 3 (PASAJEROS CON NECESIDADES ESPECIALES), en el apartado 3.4 (ASIENTO ADICIONAL).
Equipamiento Deportivo / Especial en Vuelos Operados Por AEGEAN/ Olympic Air
Descripción
Equipos deportivos en vuelos operados por Aegean Airlines/Olympic Air
El equipaje deportivo será transportado de forma gratuita según las normativas de franquicia de equipaje (concepto por piezas o por peso).
Si el billete es emitido en una tarifa Light/Flex (donde no existe franquicia de equipaje), el transporte del SPEQ no será gratuito.
Todos los equipos deportivos/especiales que excedan la franquicia de equipaje (incluido el equipaje facturado) conllevarán un cargo conforme a las siguientes tablas (Lista de equipos deportivos y para todos los demás equipos no incluidos en la lista, según la tabla de dimensiones/peso).
Equipaje deportivo y cualquier equipaje especial (pintura, aceite, libros, etc.) que:
- no esté incluido en la tabla de equipos deportivos
- no pueda ser incluido en la franquicia de equipaje (peso total excede la franquicia)
- no se defina como equipaje
Se aplicarán los recargos conforme a las dimensiones/peso:
Pequeño (SPEQ) | Mediano (SPEQ) | Grande (BULK) |
---|---|---|
Pequeño Hasta 15 kg y/o 1,40m |
Mediano 15-32 kg y/o 1,41-2 m |
Grande 15-32 kg y/o más de 2 m |
Pequeño 35 EUR |
Mediano 55 EUR |
Grande 80 EUR |
- Se aplica una limitación a un máximo de 5 piezas facturadas en total (bolsas/maletas, AVIH, PETC, SPEQ, etc.) por pasajero.
- Si el equipaje deportivo excede el peso máximo de 32 kilogramos, podrá ser transportado únicamente como carga y se aplicarán los cargos correspondientes.
- El pasajero deberá ponerse en contacto con el departamento de carga para conocer los cargos y demás aclaraciones.
- Se aplican las mismas tarifas tanto a vuelos domésticos como a internacionales.
Las tarifas se aplican por trayecto (desde la entrega del equipaje hasta la siguiente facturación de equipaje) y:
- únicamente para vuelos de A3/OA
- para A3/OA con LHG (LH, LX, OS), cuando A3/OA es el transportista de marketing más importante (Res. 302, U.S DoT).
- para A3/OA con socios OAL específicos en itinerarios interlíne se siguen las mismas normas que en la política de equipaje. El SPEQ debe considerarse parte de la previsión y queda sujeto a la resolución 302 y los requisitos de la US DoT.
- 1er Ejemplo
Itinerary:
20 JUN SKG-ATH marketing de A3/OA operado por OA
20 JUN ATH-FRA operado por A3
20 JUN FRA-NYC operado por UA
El agente de A3/OA que emita el billete en el aeropuerto cobrará al pasajero por el SPEQ únicamente por el trayecto SKG-ATH-FRA con una tarifa de SKG-FRA
Se deberá informar al pasajero de que, para el vuelo FRA-NYC, deberá proceder al mostrador de UA para pagar por el SPEQ según la política de UA.
- 2o Ejemplo
20 JUN RHO-ATH marketing de A3/OA operado por
20 JUN ATH-MAD operado por IB
20 JUN MAD-SIN operado por SQ
El agente de A3/OA cobrará al pasajero por el SPEQ únicamente por el trayecto RHO-ATH con una tarifa de RHO-ATH
Se deberá informar al pasajero de que, para los vuelos ATH-MAD y MAD-SIN, deberá proceder al mostrador de IB y SQ para pagar por el SPEQ según la política de las compañías operadoras.
- 3er Ejemplo
20 JUN SKG-ATH A3 marketing de A3/operado por OA
20 JUN ATH-FRA A3 marketing de A3/operado por LH
20 JUN FRA-PEK operado por CA
Normalmente, el agente cobrará al pasajero por SKG-PEK (dado que ambas compañías, LH y CA, están incluidas en el acuerdo que A3 tiene establecido según la tabla del apartado 1), pero si LH y CA requieren la emisión de un documento diferente (LH MD10 y CA EBT en papel), el procedimiento será el siguiente:
El agente de A3/OA cobrará al pasajero el servicio especial por SKG-ATH-FRA con una tarifa según MSMC y emitirá un MD10
Para FRA-PEK con CA, cobrará al pasajero de nuevo el recargo del MSMC para este itinerario (CA) y emitirá el EBT en papel.
Las tarifas son las mismas para las rutas nacionales e internacionales.
Las tarifas se aplican por trayecto (desde la entrega del equipaje hasta la siguiente facturación de equipaje) cuando el equipaje facturado con SPEQ excede la franquicia de equipaje y:
- únicamente para vuelos de A3/OA
- para A3/OA con compañías aéreas de la tabla del apartado 1, cuando A3/OA es el operador más importante (Res. 302, Ministerio de Transportes de EE.UU.)
- Lista de equipos deportivos: según definiciones de A3/OA
Cargos
- Se aplica a todo equipamiento deportivo incluido en la Lista de Equipamiento Deportivo
- El prepago de los servicios de equipamiento deportivo incluidos en la tabla siguiente se ofrece ahora en todos los canales de venta directa de billetes online y offline de A3/OA.
- Excepciones son los servicios de Golf y Armas, que no se ofrecen por los canales online de A3/OA.
Equipamiento Deportivo sin cargos
El equipamiento deportivo puede ser transportado de forma gratuita como parte de la franquicia de equipaje del billete bajo las siguientes condiciones:
- en vuelos operados por A3 y OA.
- pasajeros con derecho a piezas gratuitas como parte de la franquicia de equipaje una vez facturadas todas las maletas.
- el Equipamiento Deportivo debe adecuarse a las limitaciones de peso y dimensiones de la franquicia de equipaje.
- el privilegio de una pieza adicional gratuita para los usuarios Gold de programa de fidelización Star y Aegean Miles+Bonus es también aplicable al equipamiento deportivo.
Privilegio para usuarios Gold de programa de fidelización Aegean Miles+Bonus FFP en el transporte gratuito de equipamiento de golf:
- siempre exento de cargos las bolsas de golf en los vuelos operados por A3 y OA
- el equipamiento de golf deberá respetar los límites de peso o dimensiones de la franquicia de equipaje
- independientemente del número de piezas de equipamiento de golf, pero dentro de la norma de 5 piezas de equipaje en total facturadas por pasajero.
Equipamiento Deportivo con cargos
Se aplican cargos al Equipamiento Deportivo bajo las siguientes condiciones:
- Equipamiento Deportivo que excede el límite de 23 kg de la franquicia de equipaje en Clase Economy (pero siempre hasta un máximo de 32 kg.)
- Equipamiento Deportivo que excede el peso máximo de 32 kg: el pasajero deberá ponerse en contacto con el departamento de carga para informarse de los detalles y los cargos aplicables
- Se aplica la restricción de un máximo de 5 artículos facturados en total (bolsas, AVIH, PETC, SPEQ, etc.) por pasajero. Cualquier otro artículo que supere este límite se considerará que no es propiedad personal del pasajero para el viaje y deberá ser tratado como Carga, siguiendo los procedimientos y tarifas de Carga.
Atención:
- Los FBAG EMD no pueden ser utilizados para el SPEQ. El agente deberá cargar al pasajero por el equipamiento especial de acuerdo con los cuadros que constan más abajo.
Los EMD-A seguirán las normas habituales [no reembolsables en caso de cancelación o abiertos (open) para un uso posterior en el plazo de 1 año] - El equipamiento deportivo puede no incluir todas las piezas mencionadas en el lis. Incluso cuando el pasajero viaje con solamente una pieza del equipamiento deportivo, el cargo se aplicará conforme al cuadro.
- El equipamiento deportivo no tiene que incluir todos los artículos mencionados en la lista anterior. Incluso si el pasajero viaja con un solo artículo del equipo deportivo, el cargo se aplicará según la tabla.
- Ejemplo
Un pasajero con billete ComfortFlex viaja con una pieza facturada y una bolsa con un par de botas de esquí
El cargo por las botas será según el equipo de ESQUI y se cobrará (50 EUR)
El cargo no es por bolsa, sino por equipo deportivo (solicitado con un SSR).
El pasajero no tiene derecho a llevar más de 5 piezas en total (equipaje y equipamiento en total)
- Ejemplo
Un pasajero viaja con un equipo de ESQUÍ en dos bolsas (una bolsa con un par de esquís y un par de bastones de esquí, y una bolsa con un casco y un par de botas)
El cargo será por un equipo (sin importar que se trate de dos bolsas).
Las tarifas de equipamiento deportivo se aplican por trayecto (desde la entrega del equipaje hasta la siguiente facturación de equipaje):
- únicamente para vuelos de A3/OA
- para A3/OA con LHG (LH, LX, OS), cuando A3/OA es el transportista de marketing más importante (Res. 302, U.S DoT)
- para A3/OA con socios OAL específicos, según el párrafo 1, en itinerarios interlíneas se siguen las mismas normas que en la política de equipaje. El SPEQ debe considerarse parte de la previsión y queda sujeto a la resolución 302 y los requisitos de la US DoT.
Se aplican las mismas tarifas tanto a vuelos domésticos como internacionales.
Ejemplos:
Tipo de pasajero: | Economy Light/Flex | Economy ComfortFlex | Business |
---|---|---|---|
Tipo de pasajero: Todos excepto usuarios Gold de Aegean Miles+Bonus FFP |
Economy Light/Flex Franquicia de Equipaje: 0 piezas |
Economy ComfortFlex Franquicia de Equipaje: 1 pieza de hasta 23kg |
Business Franquicia de Equipaje: 2 piezas de hasta 32kg |
Tipo de pasajero: Piezas a facturar |
Economy Light/Flex 0 |
Economy ComfortFlex 2 |
Business 2 |
Tipo de pasajero: Piezas SPEQ a facturar |
Economy Light/Flex 4piezas a cargar = 4 |
Economy ComfortFlex 4not allowed as each pap may carry up to 5 checked items |
Business 3piezas a cargar = 3 |
Tipo de pasajero: | Economy Light/Flex | Economy ComfortFlex | Business |
---|---|---|---|
Tipo de pasajero: Aegean Miles+Bonus FFP Gold member |
Economy Light/Flex Franquicia de Equipaje: 0 piezas |
Economy ComfortFlex Franquicia de Equipaje: 1 pieza de hasta 23kg |
Business Franquicia de Equipaje: 2 piezas de hasta 32kg |
Tipo de pasajero: Piezas a facturar |
Economy Light/Flex 0 |
Economy ComfortFlex 1 |
Business 2 |
Tipo de pasajero: Piezas SPEQ a facturar |
Economy Light/Flex 1cargo = no |
Economy ComfortFlex 1cargo = no |
Business 1cargo = no |
Tipo de pasajero: Golf equipment to be checked |
Economy Light/Flex 2cargo = no |
Economy ComfortFlex 2cargo = no |
Business 2cargo = no |
Tipo de pasajero: | Economy Light/Flex | Economy ComfortFlex | Business |
---|---|---|---|
Tipo de pasajero: Any other than Aegean Miles+Bonus FFP Gold member |
Economy Light/Flex Franquicia de Equipaje: 0 piezas |
Economy ComfortFlex Franquicia de Equipaje: 1 pieza de hasta 23kg |
Business Franquicia de Equipaje: 2 piezas de hasta 32kg |
Tipo de pasajero: Piezas a facturar |
Economy Light/Flex 0 |
Economy ComfortFlex 0 |
Business 1 |
Tipo de pasajero: Piezas SPEQ a facturar por encima de 23 kg. y hasta 32 kg. |
Economy Light/Flex 1piezas a cargar = 1 |
Economy ComfortFlex 1piezas a cargar = 1 |
Business 1piezas a cargar = No |
Tipo de pasajero: | Economy Light/Flex | Economy Light/Flex | Economy ComfortFlex | Business |
---|---|---|---|---|
Tipo de pasajero: STAR FFP Gold member on A3 flights* |
Economy Light/Flex Franquicia de Equipaje: 0 piezas |
Economy Light/Flex Franquicia de Equipaje: 0 piezas |
Economy ComfortFlex Franquicia de Equipaje: 1 pieza de hasta 23kg |
Business Franquicia de Equipaje: 2 piezas de hasta 32kg |
Tipo de pasajero: Baggage items to be checked |
Economy Light/Flex 0 |
Economy Light/Flex 1 |
Economy ComfortFlex 1 |
Business 3 |
Tipo de pasajero: Piezas SPEQ a facturar |
Economy Light/Flex 1Cargo = No |
Economy Light/Flex 1cargo = sí |
Economy ComfortFlex 1Caargo = No |
Business 1cargo = sí |
* Los usuarios Gold de Star Alliance tienen derecho a transportar una pieza adicional con peso máximo en función de la cabina reservada, de forma gratuita únicamente en vuelos de A3.
Tipo de SPEQ | Descripción | SSR | SSR Key | Prepago | Pago en el Aeropuerto |
---|---|---|---|---|---|
Tipo de SPEQ Equipos de escalada / senderismo / excursionismo |
Descripción Una mochila, una piqueta, un par de crampones, un par de bastones |
SSR SPEQ |
SSR Key ALPI |
Prepago 50 EUR |
Pago en el Aeropuerto 50 EUR |
Tipo de SPEQ Equipos de tiro con arco |
Descripción Un conjunto de arco y flechas embalado en un contenedor protector rígido |
SSR SPEQ |
SSR Key ARCH |
Prepago 50 EUR |
Pago en el Aeropuerto 50 EUR |
Tipo de SPEQ Bicicletas |
Descripción Una bicicleta normal (sin motor de paseo/carrera con único asiento, no eléctrica) o un carrito infantil especial para su uso con una bicicleta o un monociclo |
SSR BIKE |
SSR Key N/A |
Prepago 55 EUR |
Pago en el Aeropuerto 70 EUR |
Tipo de SPEQ Tabla de boogie / bodyboard |
Descripción Una tabla |
SSR SPEQ |
SSR Key BOOG |
Prepago 50 EUR |
Pago en el Aeropuerto 50 EUR |
Tipo de SPEQ Equipos de bolos |
Descripción Una bolsa de bolos, una bola y un par de zapatos |
SSR SPEQ |
SSR Key BOWL |
Prepago 50 EUR |
Pago en el Aeropuerto 50 EUR |
Tipo de SPEQ Canoe/Kayak |
Descripción Una canoa o un kayak (sin motor); un juego de remos |
SSR SPEQ |
SSR Key CANO |
Prepago 100 EUR |
Pago en el Aeropuerto 100 EUR |
Tipo de SPEQ Equipo de esgrima |
Descripción Una bolsa que incluya casco, uniforme de esgrima y espada de esgrima |
SSR SPEQ |
SSR Key FENC |
Prepago 50 EUR |
Pago en el Aeropuerto 50 EUR |
Tipo de SPEQ Equipos de pesca |
Descripción Una caja para aparejos de pesca o un morral o cesta de pescador, una red de recogida, un par de botas de pesca, dos cañas, un carrete, una bolsa o una caja |
SSR SPEQ |
SSR Key FISH |
Prepago 50 EUR |
Pago en el Aeropuerto 50 EUR |
Tipo de SPEQ Equipos de golf [1] |
Descripción Una bolsa con un juego de palos de golf, pelotas y tees, un par de zapatos de golf |
SSR SPEQ |
SSR Key GOLF |
Prepago DOM:35 EURINT:45 EUR |
Pago en el Aeropuerto DOM:35 EURINT:45 EUR |
Tipo de SPEQ Equipo de ala delta |
Descripción Un conjunto de equipos de ala delta embalado en un contenedor |
SSR SPEQ |
SSR Key HGLD |
Prepago 100 EUR |
Pago en el Aeropuerto 100 EUR |
Tipo de SPEQ Equipo de hockey |
Descripción Una bolsa de hockey, palos de hockey, un par de patines de hielo, un juego de protección corporal (rodillas, brazos, etc.), un casco |
SSR SPEQ |
SSR Key HOCK |
Prepago 50 EUR |
Pago en el Aeropuerto 50 EUR |
Tipo de SPEQ Equipo de equitación |
Descripción Una silla (embalada debidamente para soportar la manipulación normal), un juegos de arneses de caballo, una fusta, un par de botas de montar, una manta de montar a pelo, un juego de palos de polo |
SSR SPEQ |
SSR Key HORS |
Prepago 100 EUR |
Pago en el Aeropuerto 100 EUR |
Tipo de SPEQ Patinaje en línea |
Descripción Un par de patines en línea, un juego de protección corporal (rodillas, brazos, etc.), un casco |
SSR SPEQ |
SSR Key SKTE |
Prepago 50 EUR |
Pago en el Aeropuerto 50 EUR |
Tipo de SPEQ Jabalinas |
Descripción Un juego de equipo de jabalina embalado en un contenedor |
SSR SPEQ |
SSR Key JAVE |
Prepago 50 EUR |
Pago en el Aeropuerto 50 EUR |
Tipo de SPEQ Kite Surfboard |
Descripción Una cometa, una tabla |
SSR SPEQ |
SSR Key KITE |
Prepago 60 EUR |
Pago en el Aeropuerto 70 EUR |
Tipo de SPEQ Longboard |
Descripción Una tabla (de más de 2 metros) |
SSR SPEQ |
SSR Key LONG |
Prepago 100 EUR |
Pago en el Aeropuerto 100 EUR |
Tipo de SPEQ Equipos de paracaidismo |
Descripción Un juego de equipo de paracaidismo embalado en un contenedor |
SSR SPEQ |
SSR Key PARA |
Prepago 50 EUR |
Pago en el Aeropuerto 50 EUR |
Tipo de SPEQ Equipo de salto con pértiga |
Descripción Un juego de pértigas embalado en un contenedor |
SSR SPEQ |
SSR Key POLE |
Prepago 100 EUR |
Pago en el Aeropuerto 100 EUR |
Tipo de SPEQ Barca / Bote de caucho |
Descripción Un bote de caucho (sin motor); un juego de remos |
SSR SPEQ |
SSR Key BOAT |
Prepago 100 EUR |
Pago en el Aeropuerto 100 EUR |
Tipo de SPEQ Equipos de buceo [*2] |
Descripción Una máscara, un esnórquel, dos aletas, traje de neopreno, chaleco, regulador, una bombona vacía, un arnés para bombona, un manómetro para bombona, un cuchillo, una pistola de repuesto, un chaleco salvavidas, una linterna (apagada, con la fuente de energía embalada por separado, con la batería quitada y protegida contra cortocircuitos) |
SSR SPEQ |
SSR Key SCUB |
Prepago 50 EUR |
Pago en el Aeropuerto 50 EUR |
Tipo de SPEQ Monopatín |
Descripción Un monopatín, un juego de protección corporal (rodillas, brazos, etc.), un casco |
SSR SPEQ |
SSR Key SKBO |
Prepago 50 EUR |
Pago en el Aeropuerto 50 EUR |
Tipo de SPEQ Equipo de esquí (nieve y acuático) |
Descripción Un par de esquís, un par de bastones, un par de botas (incluso en una bolsa separada), un casco |
SSR SPEQ |
SSR Key SKIS |
Prepago 50 EUR |
Pago en el Aeropuerto 50 EUR |
Tipo de SPEQ Equipo de snowboard [3] (equipo de esquí de nieve) |
Descripción Una tabla de snowboard, un par de botas (incluso en una bolsa separada, un casco |
SSR SPEQ |
SSR Key SNOW |
Prepago 50 EUR |
Pago en el Aeropuerto 50 EUR |
Tipo de SPEQ Armas con municiones para deportes y caza |
Descripción Pistolas, escopetas y rifles con municiones para deportes y caza (según las Regulaciones DGR de IATA y embalados en una bolsa separada) |
SSR WEAP |
SSR Key WEAP |
Prepago 50 EUR |
Pago en el Aeropuerto 50 EUR |
Tipo de SPEQ Tablas de surf |
Descripción Una tabla (de hasta 2 metros) |
SSR SPEQ |
SSR Key SURF |
Prepago 60 EUR |
Pago en el Aeropuerto 70 EUR |
Tipo de SPEQ Equipos de tenis / squash / bádminton |
Descripción Un juego de raquetas y pelotas embalados en una bolsa |
SSR SPEQ |
SSR Key TENN |
Prepago 50 EUR |
Pago en el Aeropuerto 50 EUR |
Tipo de SPEQ Wakeboard |
Descripción Una tabla de wakeboard |
SSR SPEQ |
SSR Key WAKE |
Prepago 50 EUR |
Pago en el Aeropuerto 50 EUR |
Tipo de SPEQ Equipos de esquí acuático [3] |
Descripción Un par de esquís estándar o un esquí de eslálom |
SSR SPEQ |
SSR Key WATR |
Prepago 50 EUR |
Pago en el Aeropuerto 50 EUR |
Tipo de SPEQ Waveboard |
Descripción Una tabla, un juego de protección corporal (rodillas, brazos, etc.), un casco |
SSR SPEQ |
SSR Key WAVE |
Prepago 50 EUR |
Pago en el Aeropuerto 50 EUR |
Tipo de SPEQ Windsurf Equipment |
Descripción Una tabla, una vela, una botavara, una bolsa de aparejos, un mástil y vela |
SSR SPEQ |
SSR Key WIND |
Prepago 100 EUR |
Pago en el Aeropuerto 100 EUR |
Un equipo deportivo podría no incluir todos los artículos anteriores. Incluso si el pasajero viaja con un artículo solamente del equipo deportivo, el recargo será de nuevo conforme a la tabla de la Lista de equipos deportivos.
Ejemplo
Pasajero con un billete Flex, viaja con una pieza facturada y una bolsa con un par de botas de esquí
El recargo por las botas será conforme al recargo de equipos de ESQUÍ (50€).
El recargo no es por bolsa, sino por equipos deportivo (por solicitud SSR de Servicio Especial)
Pero, en cualquier caso, el pasajero no podrá transportar más de 5 piezas en total (equipaje y equipos en total)
Ejemplo
Un pasajero viaja con un equipo de ESQUÍ en dos bolsas (una bolsa con un par de esquís y un par de bastones de esquí y una bolsa con un casco y un par de botas)
El recargo será por un equipo (independientemente de si está en dos bolsas).
[1] Equipamiento de Golf
El transporte de equipos de golf es abonable desde el primer set (juego)
El transporte de equipos de golf es gratuito en todos los casos para los usuarios Gold del programa Miles+Bonus de Aegean Airlines.
Tabla resumen de cargos por GOLF
Todos los vuelos domésticos | Todos los vuelos internacionales |
---|---|
Todos los vuelos domésticos 35 EUR |
Todos los vuelos internacionales 45 EUR |
[2] Se podrán aceptar los equipos de buceo como equipaje facturado siempre que las bombonas de aire u oxígeno (incluidas las de repuesto) estén completamente vacías. En el momento de la facturación, se debe solicitar al pasajero que demuestre este hecho abriendo la válvula, para que el agente de facturación pueda comprobar que está vacía. Los agentes deberán comprobar la presión indicada en la válvula con el fin de ver si está llena o no.
Los compresores a motor utilizados para llenar las bombonas de aire no deben ser transportados como equipaje.
La combinación de compañías hacia/desde socios de Star Alliance es posible.
[3] La primera pieza facturada de equipo de esquí, snowboard o esquí acuático se incluye en la franquicia de equipaje en todos los vuelos y, por lo tanto, es gratuita (pero siempre conforme a la franquicia de la correspondiente familia de tarifas. Esto significa que para un pasajero que viaja con un billete Light/Flex, este equipo no es gratuito y deberá pagar conforme a la Lista de equipos deportivos.
Un pasajero con un billete ComfortFlex con franquicia de 1 pieza (FBA 1PC), si viaja con 1 pieza de equipaje (1PC), deberá pagar para transportar este equipo. Pero si viaja sin equipaje, entonces este equipo será gratuito (estará incluido en la franquicia)
Un pasajero con un billete Business con franquicia de 2 piezas (FBA 2PC), si viaja con 1 pieza de equipaje (1PC), podrá transportar este equipo de forma gratuita (como segunda pieza gratuita)
La misma regla se aplicará en las rutas con franquicia basada en el concepto de peso (si el equipaje con el equipo está dentro de los límites de peso de la franquicia, no existirán recargos; en caso contrario, se aplicarán los recargos de la Lista de equipos deportivos)
1er Ejemplo
Pasajero con billete Light/Flex (Franquicia: 0PC) con un equipo de esquí
Dado que el billete no incluye franquicia, el pasajero deberá pagar por el equipo de esquí conforme a la tabla anterior
2o Ejemplo
Pasajero con billete ComfortFlex (Franquicia: 1PC) que tiene también una pieza de equipaje y una tabla de snowboard
Como la franquicia incluye una pieza (1PC) y el pasajero tiene también una pieza de equipaje, deberá pagar un cargo por el equipo de esquí conforme a la tabla 6.1 anterior
3er Ejemplo
Usuario Gold de programa de fidelización con un billete ComfortFlex (FBA: 1PC más 1PC gratuita por usuario Gold) con una tabla de snowboard
Como la FBA es 1PC más 1PC gratuita y el pasajero tiene una pieza de equipaje, la tabla de snowboard será gratuita (dado que el usuario Gold puede transportar una segunda pieza de forma gratuita).
[4] Las armas utilizadas con fines deportivos o de caza deberán ser declaradas y conllevarán un recargo únicamente cuando sean transportadas en una funda de armas separada.
Atención:
No se permite el transporte de armas como equipaje facturado.
Se debe informar al pasajero de que el arma deberá ser presentada en la facturación dentro de una funda separada.
Las armas o municiones con proyectiles explosivos o incendiarios no pueden ser transportadas como equipaje facturado.
Las armas militares no deben ser transportadas como equipaje facturado.
Cualquier arma o munición cuyo transporte esté permitido deberá ser facturada y transportada en la bodega y no se permite su transporte en el equipaje de mano dentro de la cabina.
Las armas de oficiales de policía y guardaespaldas o civiles con permiso de armas para protección personal no llevarán recargo.
Las espadas pertenecientes a oficiales de la armada no llevarán recargo.
Procedimiento de Arma en aeropuerto de LCA:
Para Vuelos desde Chipre hay un coste extra 25EUR el cual será cobrado anates de la salida.
Procedimiento WEAP en el aeropuerto ZRH:
- Los clientes deberán presentarse en primer lugar en la sala de facturación 2 donde sus armas y municiones serán pesadas y etiquetadas correspondientemente en el mostrador de entrega de equipajes de Aegean Airlines.
- Si procede el pago por el transporte de un arma, los clientes deberán dirigirse al mostrador de emisión de billetes, situado justo enfrente de los mostradores de entrega de equipaje, con el fin de realizar el pago.
- A continuación, los clientes deberán dirigirse al mostrador de objetos voluminosos del aeropuerto, situado a aproximadamente 5 metros de distancia, donde el personal del aeropuerto los acompañará hasta el punto de control de seguridad designado, en la sala de facturación 1.
- Al llegar al punto de control de seguridad, las armas, municiones y embalajes separados de los pasajeros serán comprobados. Allí deberán pagar, mediante una tarjeta de crédito, una tasa de 55 CHF correspondiente a la inspección en el aeropuerto.
- Una vez concluidas las comprobaciones, el personal del aeropuerto acompañará a los clientes con sus armas y municiones hasta las aduanas, donde serán comprobadas sus licencias de armas.
- Tras la comprobación de las licencias y si todo está en orden, los funcionarios de aduanas recogerán los recipientes con las armas y municiones y las entregarán en la zona de clasificación de equipajes para que sean llevadas al avión.
Las armas y las municiones deberán estar embaladas en recipientes de plástico por separado.
El aeropuerto ZRH recomienda a estos clientes que lleguen con 2 horas de antelación con respecto a la hora programada de salida.
Los pasajeros discapacitados (PRM) podrán transportar dos artículos de equipos de movilidad sin recargo adicional.
Los equipos de movilidad de uso deportivo también estarán exentos de recargo (hasta dos piezas en total).
Si es equipo deportivo no es equipo de movilidad, al pasajero discapacitado se le aplicarán las normas generales para el transporte de equipos deportivos.
- 1er Ejemplo
PRM viaja con una silla de ruedas más una como equipo deportivo (equipo de movilidad). Ambas podrán ser transportadas sin recargo.
- 2o Ejemplo
PRM viaja con una silla de ruedas más un equipo de pesca. La silla de ruedas no conllevará recargo, pero el equipo de pesca conllevará un recargo según la lista de equipos deportivos.
Nota: En trayectos que impliquen un vuelo transatlántico y en vuelos operados en cooperación con otras compañías aéreas, los recargos pueden ser diferentes.
IATA & servicios de EQUIPAMIENTO DEPORTIVO
En el pasado, solo el equipaje formaba parte de la resolución 302/ US DoT/Agencia de Transporte Canadiense.
Los servicios de equipamiento deportivo no estaban contemplados en la ABR302, y por tanto cada compañía aérea estipulaba sus propias políticas/recargos.
Según la última notificación de la IATA, si los servicios de equipamiento deportivo son presentados por el transportista como parte de las disposiciones sobre equipaje de la categoría C, ahora están sujetos a los requisitos del ABR 302 y del DoT de EE.UU.
A3/OA ha adoptado diversos enfoques para las distintas combinaciones interlíne, en base a acuerdos bilaterales definidos.
Enfoques definidos
- A3/OA ha acordado bilateralmente con LHG (LH, LX, y OS), que en casos de combinaciones interlíne, se seguirá para todo servicio especial (incluido el equipamiento deportivo) la resolución 302 relativa a la compañía aérea más importante (Most Significant Carrier), y para Norteamérica la U.S DoT (igual a la política de equipaje).
Acción: : El agente emitirá un solo documento para todos los vuelos por todo servicio especial desde el origen hasta el siguiente punto de facturación de equipaje.
Los recargos aplicables serán los del transportista de marketing del origen hasta el siguiente punto de facturación de equipaje (y siempre por billete).
Instrucciones detalladas en el párrafo 1) Política para CUALQUIER servicio especial para A3/OA con LHG (LH/OS/LX)
- A3/OA, tras la negociación, ha acordado bilateralmente con múltiples socios IET que los cargos por equipamiento deportivo en casos de combinaciones interlíne seguirán las mismas normas que la política de equipaje.
Por ello, ya que el equipamiento deportivo se considera parte de las previsiones de equipaje, queda sujeto a la resolución 302 y los requisitos de US DoT.
Acción: El agente, con arreglo al cuadro que consta más abajo, emitirá un EBT en papel o XSB/MD10 virtual.
Instrucciones detalladas en el párrafo 2) Política de A3/OA y socios OAL específicos EXCLUSIVAMENTE para servicios de equipamiento deportivo (SPEQ) – con arreglo a ABR302
Acción: El agente cobrará al pasajero por cada compañía aérea con su propio recargo/política por su propio vuelo/servicio.
Instrucciones detalladas en el párrafo 3) Política entre A3/OA y OAL
1) Política para CUALQUIER servicio especial para A3/OA con LHG (LH/OS/LX)
El acuerdo afecta a cualquier servicio especial (SPEQ/PETC/AVIH/UMNR/MAAS) entre A3/OA y LHG (LH, LX, y OS)
En billetes donde se impliquen vuelos de A3/OA y cualquier transportista de LHG, todos los cargos por servicios especiales se basarán en la resolución 302 relativa a la compañía aérea más importante, y para Norteamérica en la U.S DoT (igual a la política de equipaje).
Los cargos aplicables serán los del transportista de marketing del origen hasta el siguiente punto de facturación de equipaje (y siempre por billete)
El agente de A3/OA emitirá un solo documento para todos los vuelos desde el origen hasta el siguiente punto de facturación de equipaje.
- 1st Ejemplo
One ticket- SPEQ service
20 MAY ATH-FRA with A3 operado por
20 MAY FRA-ZRH with LH
As per resolution 302, the first marketing carrier that changes country is A3 Charge for SPEQ will be as per A3 policy from ATH to ZRH.
- 2nd Ejemplo
One ticket-SPEQ service
21 MAY ATH-ZRH with A3 marketing/LX operado por
24 MAY ZRH-SIN with LH marketing/ LX operado por
In this case LX will charge the passenger for ATH-ZRH only, as the next flight is in 3 days time
On 24th May, the passenger will be charged by LX for ZRH-SIN
- 3rd Ejemplo
One ticket- SPEQ service
27 MAY SKG-ATH with A3 marketing/OA operado por
27 MAY ATH-FRA- with LH operado por
27 MAY FRA-EWR with LH operado por
As per U.S DoT the first marketing carrier on the ticket is A3, so the charges will be based on A3 policy from SKG-EWR
- 4th Ejemplo
Dos billetes-servicio SPEQ
Primer billete: 30MAY ATH-FRA operado por A3
30MAY FRA-TLV operado por LH
01JUN TLV-IST operado por A3
Segundo billete: 01JUN IST-LCA operado por A3
En este caso, hay dos billetes:
Para el primer billete: El agente de A3 cobrará al pasajero por el trayecto ATH-TLV (dado que las compañías aéreas de los dos primeros vuelos tienen una política común para servicios especiales)
La compañía aérea más importante es LH (primer transportista de marketing que cambia de subárea), de modo que el agente de A3 cargará al pasajero con los recargos por SPEQ de LH
El agente emitirá un solo XSB/MD10 virtual
El primer billete tiene un vuelo más dos días después, y por tanto se requiere una facturación separada
Para el segundo billete hay un vuelo en la misma fecha que el último cupón del primer billete, y ambos vuelos son operados por A3.
El agente de facturación realizará la facturación total, pero el recargo por SPEQ debería ser por billete.
Un recargo por SPEQ para el primer billete por el vuelo TLV-IST y un recargo por SPEQ aparte para el segundo billete por el vuelo IST-LCA.
El agente emitirá dos EMD-A separados para cada billete.
2) Política de A3/OA y socios OAL específicos EXCLUSIVAMENTE para servicios de equipaje especial (SPEQ) – con arreglo a ABR302
A3/OA, tras la negociación, ha acordado bilateralmente con múltiples socios IET que los cargos por SPEQ en itinerarios interlíneas seguirán las mismas normas que la política de equipaje, teniendo en cuenta que el SPEQ queda registrado en la categoría C.
SPEQ se considerará parte de la previsión y quedará sujeto a la resolución 302 y los requisitos de la US DoT.
Ha de tenerse en cuenta que:
- Para todo el mundo con excepción de itinerarios desde/hacia EE.UU./Canadá:
Se sigue la resolución IATA 302 con respecto a MSMC (transportista de marketing más importante).
- Para itinerarios desde/hacia EE.UU./Canadá:
Se sigue la U.S DoT en cuanto al primer transportista de marketing del billete.
Recuérdese que la mencionada política se aplica exclusivamente para definir la compañía que carga por el SPEQ.
Si el transportista del equipaje (según MSMC o primer transportista de marketing) es A3/OA, la política/recargos por SPEQ será conforme a los recargos relacionados más abajo.
Los cargos aplicables serán los del transportista de marketing del origen hasta el siguiente punto de facturación de equipaje (y siempre por billete)
El agente de A3/OA emitirá un solo documento para todos los vuelos desde el origen hasta el siguiente punto de facturación de equipaje.
En la siguiente tabla aparecen especificados los acuerdos SPEQ definidos para combinaciones interlíne con A3/OA como compañía validadora.
Compañía aérea y cód. numérico | Transportista | Documento de A3 |
---|---|---|
Compañía aérea y cód. numérico AA/001 |
Transportista American Airlines |
Documento de A3 EBT en papel |
Compañía aérea y cód. numérico AR/044 |
Transportista Aerolineas Argentinas |
Documento de A3 XSB/MD10 virtual |
Compañía aérea y cód. numérico AZ/055 |
Transportista Alitalia |
Documento de A3 XSB/MD10 virtual |
Compañía aérea y cód. numérico BT/657 |
Transportista Air Baltic |
Documento de A3 XSB/MD10 virtual |
Compañía aérea y cód. numérico CA/999 |
Transportista Air China |
Documento de A3 EBT en papel |
Compañía aérea y cód. numérico DL/006 |
Transportista Delta Airlines |
Documento de A3 XSB/MD10 virtual |
Compañía aérea y cód. numérico EY/607 |
Transportista Etihad Airways |
Documento de A3 XSB/MD10 virtual |
Compañía aérea y cód. numérico FB/623 |
Transportista Bulgaria Air |
Documento de A3 XSB/MD10 virtual |
Compañía aérea y cód. numérico FI/108 |
Transportista Alitalia |
Documento de A3 XSB/MD10 virtual |
Compañía aérea y cód. numérico AZ/055 |
Transportista Icelandair |
Documento de A3 XSB/MD10 virtual |
Compañía aérea y cód. numérico GF/072 |
Transportista Gulfair |
Documento de A3 EBT en papel |
Compañía aérea y cód. numérico JL/131 |
Transportista Japan Airlines |
Documento de A3 XSB/MD10 virtual |
Compañía aérea y cód. numérico LX/724 |
Transportista Swiss International Air |
Documento de A3 XSB/MD10 virtual |
Compañía aérea y cód. numérico LY/114 |
Transportista El Al Israel |
Documento de A3 XSB/MD10 virtual |
Compañía aérea y cód. numérico ME/076 |
Transportista Middle East |
Documento de A3 XSB/MD10 virtual |
Compañía aérea y cód. numérico JP/165 |
Transportista Adria Airway |
Documento de A3 XSB/MD10 virtual |
Compañía aérea y cód. numérico JU/115 |
Transportista Jat Air Serbia |
Documento de A3 EBT en papel |
Compañía aérea y cód. numérico KE/180 |
Transportista Korean Airlines |
Documento de A3 XSB/MD10 virtual |
Compañía aérea y cód. numérico LH/220 |
Transportista Lufthansa Deutsche |
Documento de A3 XSB/MD10 virtual |
Compañía aérea y cód. numérico MS/077 |
Transportista Egyptair |
Documento de A3 EBT en papel |
Compañía aérea y cód. numérico NH/205 |
Transportista All Nippon |
Documento de A3 EBT en papel |
Compañía aérea y cód. numérico OS/257 |
Transportista Austrian Airlines |
Documento de A3 XSB/MD10 virtual |
Compañía aérea y cód. numérico PS/566 |
Transportista Ukraine Airlines |
Documento de A3 EBT en papel |
Compañía aérea y cód. numérico SU/555 |
Transportista Aeroflot |
Documento de A3 EBT en papel |
Compañía aérea y cód. numérico TK/235 |
Transportista Turkish Airlines |
Documento de A3 EBT en papel |
Compañía aérea y cód. numérico TP/047 |
Transportista Tap-Air Portugal |
Documento de A3 XSB/MD10 virtual |
Compañía aérea y cód. numérico 9U/572 |
Transportista Air Moldova |
Documento de A3 EBT en papel |
Compañía aérea y cód. numérico SK/177 |
Transportista Scandinavian |
Documento de A3 EBT en papel |
3) Política entre A3/OA y OAL
Hasta que todas las compañías aéreas concluyan una política común para los itinerarios interlíne, si A3/OA, como primera compañía operadora en un itinerario, desea emitir el documento y cobrar al pasajero por el servicio hasta su destino final, esto es posible siempre que cobre por cada segmento la cantidad correspondiente a cada compañía en función de las políticas/cargos de cada compañía operadora.
- 1er ejemplo
Servicio SPEQ
VC -390/A3
OC- A3 - ATH-FRA
OC- SQ - FRA-SIN
A3 emitirá un EMD-A por el trayecto ATH-FRA con arreglo a los recargos de A3 y emitirá un documento en papel (EBT en papel) para el trayecto FRA-SIN con arreglo a los recargos de SQ
- 2o ejemplo
Servicio SPEQ
VC - OAL
OC- A3 - ATH-LON
OC-BA - LON-PHL
A3 emitirá un EBT en papel (XSB) con los recargos de A3 para ATH-LON y los recargos de BA para LON-PHL
Reglas generales
- Los recargos son por billete y desde el origen hasta el siguiente punto de facturación de equipaje.
- Los servicios por equipos especiales (SPEQ, BIKE, WEAP), PETC/AVIH, UMNR/MAAS no son parte de la Resolución 302 de IATA y/o del Ministerio de Transporte de EE.UU. y/o de la Agencia de Transportes de Canadá.
- Los servicios por equipos especiales (SPEQ, BIKE, WEAP), PETC/AVIH, UMNR/MAAS no están comprendidos en ninguna regla interlínea, lo que significa que para un billete interlínea el recargo debería ser la suma de las cantidades de todas las compañías operadoras (que participan en el itinerario) para el servicio especial específico según la política de cada compañía.
- Solamente para A3/OA con compañías aéreas de la tabla del apartado 1, el recargo será según el origen hasta el punto de facturación, según la Resolución 302 para MSMC y para el Ministerio de Transporte de EE.UU. para EE.UU./Canadá
- Solamente para los vuelos operados por A3 y OA (o vuelos de código compartido A3/OA operados únicamente por A3/OA) el UMNR también puede ser comprado por adelantado por otro Punto de Ventas (Centro de atención telefónica, oficinas de emisión de billetes en la ciudad y agencias de viaje)
- Si el pasajero informó al agente de que tendrá un estuche con dos equipos deportivos (por ejemplo, dos ESQUÍS), el agente debería informar al pasajero de que cada equipo deportivo debe ser transportado en un estuche separado.
El agente debería añadir en el SR el número de equipos especiales que el pasajero transportará en el mismo estuche.
- Ejemplo
SR SPEQ NN2-1 SKI 80X60X50/P1
Respuesta:
SSR SPEQ A3 HK2 1 SKI 80X60XIR50.MAX LENGTH 2M-UP TO 32KGS/IF EXCEEDING PLS RQST IT AS SR BULK/S3/P1
Para más información sobre los códigos a emplear, póngase en contacto con el Servicio de Ayuda de su GDS o visite las páginas de información/ayuda de su GDS.
Instrucciones Para Solicitar Equipaje Especial en La Reserva Para Rutas Domesticas e Internacionales
Para que el transporte sea aprobado, debe introducir en la reserva -con antelación al viaje del pasajero- la entrada correspondiente (SSR) de su GDS utilizando la abreviatura SPEQ y el estado NN, y describir los artículos en cuestión, los kilos y las dimensiones. A continuación, Aegean le responderá sobre el estado del SSR (HK o UC), acompañado -en su caso- de un SSR respectivo que le proporcionará los datos correctos. En caso de que no haya seguido estos detalles en primer lugar, deberá insertar un nuevo SSR correcto. Después, Aegean seguirá el mismo procedimiento para la respuesta.
Excepción:
- Para las bicicletas, se debe introducir la SSR con la abreviatura BIKE (no SPEQ) y el estado NN, como se indica en las instrucciones anteriores. Además, la respuesta con el estado de la SSR (HK o UC) depende de la cantidad de BIKE solicitadas por vuelo.
- Para las armas y municiones, se debe introducir la SSR con la abreviatura WEAP y el estado NN, según las instrucciones anteriores.
- Para los equipos deportivos de gran tamaño, se debe introducir la SSR con la abreviatura BULK y el estado NN, según las instrucciones anteriores.
Atención:
Los siguientes artículos pueden ser aceptados en la facturación sin reserva, cuando exista espacio disponible:
- Equipos de bolos
- Monopatín
- Equipos de tenis/squash/bádminton
- Equipos de escalada
- Equipos de buceo
- Equipos de tiro con arco
Contenido de Equipaje
Pistolas y otras armas/objetos punzantes
Los siguientes artículos no pueden ser llevados a la zona restringida de seguridad o a la cabina de pasajeros del avión:(a) Pistolas y otras armas
Cualquier artículo que pueda, o parezca, disparar un proyectil o causar lesiones.Esta definición incluye:
- Cualquier arma de fuego (pistolas, revólveres, rifles, armas de caza, escopetas, etc.)
- Réplicas e imitaciones de armas de fuego
- Piezas de armas de fuego (a excepción de las miras telescópicas y las lentes de puntería)
- Pistolas y rifles de aire comprimido y escopetas de perdigones
- Pistolas de bengala
- Pistolas de iniciación
- Pistolas de juguete de cualquier tipo
- Pistolas de aprendizaje
- Pistolas industriales de pernos y clavos
- Ballestas
- Hondas
- Pistolas de arpones
- Pistolas de matadero
- Armas diseñadas para aturdir o causar descargas eléctricas, por ejemplo, picanas para ganado, pistolas eléctricas
- Encendedores con forma de arma de fuego
Armas y Munición - Definición
Objetos que por su forma exterior o su señalización parezcan ser armas, munición o sustancias explosivas o inflamables o puedan ser utilizados como tales.
Restricciones Generales
Las restricciones generales en el transporte de armas y munición están cubiertas por la Resolución 745a de IATA. Las armas o municiones con proyectiles explosivos o incendiarios no pueden ser transportadas como equipaje facturado. Las armas militares no pueden ser transportadas como equipaje facturado
Cualquier arma o munición cuyo transporte esté permitido deberá ser facturada y transportada en la bodega y no se permite su transporte en el equipaje de mano dentro de la cabina.
El transporte de armas y munición se realiza bajo la responsabilidad exclusiva del pasajero.
Aceptación de armas
Los siguientes artículos pueden ser transportados en la bodega.
Los pasajeros no pueden llevar armas ni artículos que puedan ser utilizados como armas en su equipaje de mano o en su persona en la cabina de pasajeros durante el vuelo.
Los pasajeros podrán transportar armas de caza o deportivas exclusivamente en su equipaje facturado dentro del compartimento de carga del avión, pero deberán estar descargadas y embaladas en un contenedor a prueba de roturas (p. ej., una funda de armas comercializada):
- "Armas/pistolas/revólveres/rifles deportivos
- Rifles de caza
- Otras armas pequeñas de defensa como cuchillos, puñales, estiletes, etc.
El transporte de armas debe ser notificado con antelación
Excepción:
El arma personal (pistola/revólver) del personal militar puede ser aceptada en el equipaje facturado bajo las siguientes condiciones:
- El arma debe estar descargada
- Tanto el arma como la munición deben estar adecuadamente embaladas
- Código SSR: “WEAP”
Nota:
El pasajero deberá siempre mostrar su permiso de armas para las armas que precisen permiso."
Las armas deberán estar embaladas de la siguiente manera:
- Las armas deben estar descargadas
- Las armas deben estar adecuadamente empaquetadas, en un contenedor rígido de madera, metal, fibra o en el sobre especial para "artículos de seguridad" suministrado por Aegean Airlines
- Las armas y la munición deberán estar guardadas adecuadamente por separado
Transporte interlíneas de armas
La aceptación del transporte interlíneas está sujeta a la aprobación previa por parte de los operadores implicados.
Aceptación de munición
La munición se considera objeto peligroso y, por consiguiente, su aceptación está limitada:
Solamente se aceptará la munición de armas de fuego deportivas de pequeño calibre como equipaje facturado. El transporte de munición debe ser notificado previamente con el código SSR: “WEAP”
Embalaje de municiones
La munición debe embalarse por separado del arma de fuego, en un contenedor exterior resistente de madera, metal o tablero de fibras, protegido, dentro del contenedor, contra los golpes y asegurado contra cualquier movimiento, embalado de manera que no pueda funcionar accidentalmente.
Restricciones en cuanto a las municiones
Solamente se aceptarán municiones para armas pequeñas (es decir, armas de caza o deportivas) con un peso máximo de 5 kg / 11 lb por pasajero y deberán incluirse en el equipaje facturado.
Nota:
En los vuelos con código compartido operados por otras compañías, las restricciones pueden ser diferentes.
Instrucciones Para Solicitar Un Arma en La Reserva De Rutas Nacionales E Internacionales
Debe insertar en la reserva —antes del viaje del pasajero— la entrada (SSR) correspondiente según su GDS utilizando la abreviatura WEAP y el estado HK, y notificar el tipo de arma y la cantidad de munición. Solamente las Autoridades de Seguridad del Aeropuerto podrán aprobar el transporte en la llegada, y no Aegean Airlines.
Atención:
La cantidad de munición no puede exceder de 5 kg en peso por persona para el uso personal, excluyendo la munición con proyectiles explosivos o incendiarios. Las franquicias para más de un pasajero no pueden combinarse en uno o más embalajes.
Para más información sobre los códigos a emplear, póngase en contacto con el Servicio de Ayuda de su GDS o visite las páginas de información/ayuda de su GDS.
Armas y otros objetos punzantes o con aristas
Cualquier artículo punzante o con aristas que pueda provocar lesiones. Esta definición incluye:
- Hachas y hachuelas
- Flechas y dardos
- Crampones
- Arpones y jabalinas
- Piquetas y picos para hielo
- Patines de hielo
- Navajas automáticas o de resorte de cualquier longitud
- Cuchillos, incluyendo cuchillos rituales, con hojas de una longitud superior a 6cm, de metal o cualquier otro material resistente que permita su uso como arma
- Hendidoras
- Machetes
- Cuchillas y navajas de afeitar abiertas (excepto navajas de afeitar de seguridad o desechables, cuyas cuchillas estén encapsuladas)
- Sables, espadas y bastones-espada
- Bisturíes
- Tijeras cuyas hojas superen los 6 cm de longitud
- Bastones de esquí y excursionismo
- Estrellas arrojadizas
- Herramientas que puedan ser utilizadas como arma punzante o cortante (taladros, brocas, cuchillas, cuchillos profesionales, sierras, destornilladores, palancas, martillos, alicates, llaves, llaves inglesas, lámparas para soldadura, etc.)
Instrumentos contundentes
Cualquier instrumento contundente que pueda provocar lesiones. Esta definición incluye:
- Bates de béisbol y softball
- Palos y bastones, rígidos y flexibles (porras, cachiporras, bastones, etc.)
- Bates de críquet
- Palos de golf
- Palos de hockey
- Palos de lacrosse
- Remos de kayak y canoa
- Monopatines
- Tacos de billar
- Cañas de pescar
- Equipos para artes marciales (nudilleras de metal, palos, porras, mayales, nunchacus, kubatones, kubasaunts etc.).
d) Sustancias explosivas e inflamables
Cualquier material explosivo o altamente inflamable que pueda poner en peligro la salud de los pasajeros y de la tripulación o la seguridad, en todos los sentidos, de la aeronave o de los objetos personales transportados en ella.
Esta definición incluye:
- Municiones
- Fulminantes
- Detonadores y espoletas
- Explosivos y dispositivos explosivos
- Reproducciones e imitaciones de explosivos y dispositivos explosivos
- Minas u otros explosivos militares
- Granadas de todo tipo
- Gas y bombonas de gas (butano, propano, acetileno, oxígeno, etc.) en gran volumen
- Fuegos de artificio, bengalas de todo tipo y otros artículos de pirotecnia (lo cual incluye petardos y fulminantes de juguete)
- Fósforos (excepto los de seguridad)
- Granadas o cartuchos generadores de humo
- Combustibles líquidos inflamables (gasolina, gasoil, combustible para encendedores, alcohol, etanol)
- Nebulizadores de pintura
- Aguarrás y disolventes de pintura
- Bebidas alcohólicas cuya graduación alcohólica volumétrica supere el 70% (140% proof)
Sustancias químicas y sustancias tóxicas
- Cualquier sustancia química o sustancia tóxica que constituya un riesgo para la salud de los pasajeros y la tripulación, así como para la seguridad, en todos los aspectos, de las aeronaves y los bienes personales.
Esta definición incluye: - Ácidos y álcalis (por ejemplo, baterías húmedas)
- Sustancias corrosivas o blanqueadoras (mercurio, cloro, etc.)
- Nebulizadores neutralizadores o incapacitantes (macis, rociadores de sustancias picantes, gases lacrimógenos, etc.)
- Material radioactivo (por ejemplo, isótopos para uso médico o comercial)
- Venenos
- Materiales infecciosos o que entrañen un riesgo biológico (por ejemplo, sangre infectada, bacterias y virus)
- Materiales con capacidad de inflamación o combustión espontáneas
f) Dispositivos electrónicos
Encontrará más información aquí
Equipaje de cabina
Contenidos del equipaje de mano
Le recordamos que los pasajeros no podrán transportar objetos que puedan causar lesiones o daños corporales. Por ejemplo:
- Armas y, en general, cualquier objeto que pueda lanzar un proyectil o causar una lesión o parezca poder hacerlo, tales como: piezas procedentes de armas de fuego, reproducciones de armas de fuego y armas de fuego de imitación como pistolas de aire comprimido de juguete y todo tipo de pistolas y armas de perdigones, pistolas de todo tipo, arpones y fusiles de pesca y cualquier objeto diseñado para inmovilizar o administrar descargas eléctricas.
- Objetos de todo tipo y materiales punzantes o con aristas que puedan provocar lesiones, como: navajas automáticas o de resorte, estiletes, cuchillos, hachas, bisturíes, tijeras y cualquier otra herramienta profesional o artículo doméstico punzante o con aristas.
- Instrumentos contundentes que puedan provocar lesiones, como: bates, palos de deportes, bastones y raquetas de todo tipo, remos, tacos de billar, cañas de pesca, equipos para artes marciales.
La lista anterior no es exhaustiva. Para más información, póngase en contacto con nuestro personal.
Le informamos que está totalmente prohibido el transporte en la cabina de pasajeros de objetos metálicos punzantes como cuchillos, navajas, tijeras, agujas de tricotar, sets de manicura, etc.
Los objetos de este tipo que sean encontrados serán requisados en el aeropuerto y la compañía no asumirá ninguna responsabilidad sobre su devolución ni en cuanto a indemnización por su pérdida. El transporte de tales objetos sólo está permitido en el equipaje facturado para su transporte en la bodega.
Transporte de líquidos en el equipaje de mano. Nuevas medidas de seguridad de la Unión Europea.
Desde el 6 de noviembre de 2006 se aplican nuevas medidas de seguridad en todos los aeropuertos de la Unión Europea (Reglamento CE nº 1546/06 de la Comisión) con respecto al transporte de líquidos en el equipaje de mano. Según este nuevo Reglamento europeo, los productos tales como agua, bebidas y refrescos, geles, cremas, pomadas, colas, lociones, perfumes, champú, laca para el cabello, máscara, brillo labial, pasta de dientes, espuma de afeitar, aerosoles, solución para lentillas, miel, mermelada, sopas, aceite y otras sustancias de consistencia similar, están incluidos en la lista de artículos prohibidos que el pasajero no puede llevar consigo en la cabina de pasajeros del avión, salvo que se cumplan ciertas condiciones.
Este nuevo Reglamento se aplica de forma complementaria a las normas vigentes en relación con los artículos que no pueden ser transportados en la cabina de pasajeros del avión y se refiere únicamente a la restricción de los líquidos que pueden ser transportados en el equipaje de mano. No es aplicable al equipaje facturado.
A continuación, se incluye información útil e instrucciones para facilitar y agilizar el servicio en los aeropuertos en los que son aplicables las nuevas normas.
Artículos que se pueden transportar en el equipaje de mano:
- Líquidos en recipientes con una capacidad individual máxima de 100 ml. Estos recipientes deberán caber dentro de una bolsa de plástico transparente con autocierre de no más de 1 litro de capacidad máxima. Solo se autoriza una bolsa de este tipo por pasajero, que deberá ir cerrada y se deberá entregar separadamente en los controles de seguridad del equipaje de mano para su inspección.
- Los medicamentos y alimentos en forma de líquido que deban ser utilizados durante el viaje podrán ser incluidos en el equipaje de mano. Se podrá exigir que el pasajero demuestre que son indispensables para el viaje.
- Artículos adquiridos en las tiendas de los aeropuertos (tiendas libres de impuestos). Estos productos deberán ser colocados en bolsas especiales precintadas que serán suministradas por las tiendas en cuestión y no deberán ser abiertas hasta haber pasado el control de equipajes de mano. De lo contrario, su contenido podrá ser requisado en el punto de control. Si el pasajero va a continuar su viaje en otro aeropuerto de la UE, así como de Noruega, Islandia y Suiza, no deberá abrir esta bolsa antes del punto de control del aeropuerto de conexión o del último aeropuerto, si va a hacer varias escalas. Todos estos líquidos son adicionales a las cantidades de la bolsa de plástico de autocierre mencionada anteriormente. El personal de seguridad tiene la obligación de pedir al pasajero que se deshaga de los productos líquidos que no cumplan las condiciones del nuevo Reglamento europeo. Estos productos serán reciclados como residuos.
Artículos Peligrosos
Pedimos a nuestros pasajeros que respeten la prohibición de transportar los materiales y sustancias indicados a continuación, que pueden ocasionar daños irreparables a la salud y seguridad del propio pasajero y de los demás pasajeros. Los materiales y sustancias prohibidos incluyen:
- Las bebidas alcohólicas, cuando estén envasadas al por menor y contengan entre 24% y 70% de alcohol por volumen, podrán transportarse en un recipiente que no exceda los 5L, con una cantidad neta total por persona de 5L. No se pueden transportar bebidas alcohólicas caseras.
- Cualquier sustancia explosiva o altamente inflamable que constituya un riesgo para la salud de los pasajeros y la tripulación, así como para la seguridad general de las aeronaves y los bienes personales transportados a bordo. Algunos ejemplos de artículos comprendidos en esta categoría incluirían: cualquier carga, munición o mecanismo explosivo, gases y bombonas de gas, combustibles líquidos inflamables, cualquier tipo de fuegos de artificio, aparatos y materiales de pintura, bebidas alcohólicas cuya graduación volumétrica supere el 70%, acetona, etc.
- Cualquier sustancia química o tóxica como: ácidos y álcalis, sustancias corrosivas o blanqueadoras, nebulizadores neutralizantes o incapacitadores, material radioactivo, venenos.
- Materiales infecciosos o que entrañen un riesgo biológico (por ejemplo, sangre infectada, bacterias y virus). La lista anterior no es exhaustiva. Para más información, póngase en contacto con nuestro personal.
Responsabilidad en cuanto al transporte de equipaje
Para más información sobre la responsabilidad en cuanto al transporte de equipaje, consulte el apartado «Condiciones y avisos».